Art. 46-52 del Código del Trabajo
Sistema A (30% utilidades) y B (25% sueldo)
Detecta si aplica el tope legal del Sistema B
Prorrateo por meses trabajados (Art. 52)
Te indica cuál sistema te conviene más
Sin registro, sin límite de cálculos
Es un derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de la empresa (Art. 47 CT). Es obligatoria si la empresa tiene utilidades y lleva libros de contabilidad.
Con el Sistema B (el más usado), es el 25% de tu sueldo mensual con tope de 4,75 ingresos mínimos (~$2.470.000 en 2026). Con el Sistema A es el 30% de utilidades repartido proporcionalmente.
Se paga normalmente junto con el sueldo mensual (fraccionada en 12 cuotas) o en una sola cuota anual. El empleador elige.
Tienes derecho a gratificación proporcional según Art. 52 CT. Si trabajaste 6 meses, recibes la mitad de la gratificación anual.