Art. 101 del Código del Trabajo
Título II DE LOS CONTRATOS ESPECIALESPárrafo 1º L. 19.250 Del contrato de embarco de los oficiales y tripulantes de Art. 1º las Naves de la Marina Mercante Nacional Nº 31
Texto legal vigente
Versión: 2003-01-16Art. 101. Sólo en caso de fuerza mayor, calificada por L. 18.620 el capitán de la nave y de la cual deberá dejar expresa ART. PRIMERO constancia en el cuaderno de bitácora de ésta, la Art. 98 dotación estará obligada a efectuar otras labores, aparte L. 19.250 de las indicadas en el artículo 100, sin sujeción a las Art. 1º Nº 35 condiciones establecidas en el artículo 12.
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