Art. 152 quinquies I del Código del Trabajo
Título II DE LOS CONTRATOS ESPECIALESPárrafo IV De las normas comunes aplicables a los trabajadores de plataformas digitales dependientes e independientes
Texto legal vigente
Versión: 2022-03-11Artículo 152 quinquies I.- La Dirección del Trabajo fiscalizará, dentro del ámbito de su competencia, el cumplimiento de las normas de este Capítulo, especialmente, las obligaciones establecidas en los artículos 152 quáter Z y 152 quinquies E. Las infracciones a este respecto se sancionarán con las multas a que se refiere el artículo 506, las que se duplicarán en caso de reincidencia.
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