Art. 186 del Código del Trabajo
Título I NORMAS GENERALES
Texto legal vigente
Versión: 2003-01-16Art. 186. Para trabajar en las industrias o faenas a L. 18.620 que se refiere el artículo anterior, los trabajadores ART. PRIMERO necesitarán un certificado médico de aptitud. Art. 173
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