Art. 230 del Código del Trabajo

Título I De las organizaciones sindicales

Texto legal vigente

Versión: 2003-01-16
Art. 230. En los sindicatos interempresa y de L. 19.069 trabajadores eventuales o transitorios, los socios podrán Art. 19 mantener su afiliación aunque no se encuentren prestando servicios.
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