Art. 52 del Código del Trabajo
Título I DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
Texto legal vigente
Versión: 2003-01-16Art. 52. Los trabajadores que no alcanzaren a L. 18.620 completar un año de servicios tendrán derecho a la ART. PRIMERO gratificación en proporción a los meses trabajados. Art. 51
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