42 Horas en Chile desde Abril 2026: Guía Completa para Trabajadores
El 26 de abril de 2026 entra en vigencia la segunda reducción de la Ley 21.561: la jornada laboral ordinaria baja de 44 a 42 horas semanales. Tu sueldo se mantiene igual. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para ejercer tus derechos.
1. Qué cambia el 26 de abril de 2026
La Ley 21.561 (Ley de las 40 Horas) reduce gradualmente la jornada laboral en Chile. La segunda fase entra en vigencia el 26 de abril de 2026: la jornada ordinaria máxima pasa de 44 a 42 horas semanales.
Este cambio es automático — se incorpora a tu contrato por operación de la ley, sin necesidad de firmar un anexo. Tu empleador NO puede reducirte el sueldo por trabajar menos horas.
En la práctica, si trabajas 5 días a la semana, tu jornada diaria baja de 8 horas 48 minutos a 8 horas 24 minutos. Si trabajas 6 días, la reducción se distribuye proporcionalmente.
2. Cronograma completo de la Ley 21.561
La reducción de 45 a 40 horas es gradual en tres etapas:
Abril 2024
44 horas
Abril 2026
42 horas
Abril 2028
40 horas
Sello 40H
Las empresas que voluntariamente adelanten la reducción a 40 horas pueden obtener el Sello 40H del Ministerio del Trabajo, como reconocimiento público.
3. A quién aplica y quién está excluido
La reducción aplica a la gran mayoría de los trabajadores en Chile. Las exclusiones son muy limitadas.
Aplica a
Todos los trabajadores con contrato regido por el Código del Trabajo
Trabajadores a plazo fijo, por obra o faena
Trabajadoras de casa particular puertas afuera
Excluidos (Art. 22 inciso 2)
Gerentes, subgerentes, administradores y apoderados con facultades de administración
Trabajadores que presten servicios sin fiscalización superior inmediata, por la naturaleza de sus labores
NO están excluidos (aunque muchos creen que sí)
Profesionales y técnicos con cierta autonomía pero que reportan a un superior
Vendedores en terreno con metas y reportes periódicos
Trabajadores con teletrabajo o trabajo a distancia
Personal de confianza que NO tiene facultades de administración
Trabajadores con jornada parcial (se ajusta proporcionalmente)
4. Tus derechos como trabajador
La ley protege expresamente estos derechos durante la reducción:
Tu sueldo no puede bajar
La ley establece que la reducción de jornada no puede significar una disminución de remuneraciones. Tu sueldo mensual se mantiene igual.
Es automático
No necesitas firmar un anexo de contrato. La reducción se incorpora automáticamente por operación de la ley.
No se toca la colación
El empleador NO puede reducir o eliminar tu horario de almuerzo para compensar la reducción de jornada (Dictamen ORD 745/38, noviembre 2025).
Horas extra sobre 42 horas
Desde abril 2026, toda hora trabajada sobre las 42 horas semanales es hora extraordinaria y se paga con recargo del 50%.
Horas extra por días de vacaciones
Novedad de la Ley 21.561: mediante acuerdo escrito, puedes canjear horas extra por hasta 5 días hábiles de descanso adicional al año (1 hora extra = 1.5 horas de descanso).
5. Distribución flexible de jornada
La ley introduce nuevas formas de organizar el tiempo de trabajo:
Jornada 4x3
Trabajar 4 días y descansar 3. Disponible plenamente desde abril 2028 (40 horas), pero empresas que adelanten voluntariamente a 40h pueden usarla desde ya. Máximo 10 horas diarias.
Distribución en ciclos
Ciclos de 2 a 4 semanas promediando máximo 40 horas semanales. Permite hasta 45 horas en un máximo de 2 semanas consecutivas. Para trabajadores sindicalizados requiere autorización del sindicato.
Bandas horarias para padres y cuidadores
Madres, padres y cuidadores de niños hasta 12 años pueden ajustar su hora de entrada o salida en una banda de 2 horas (±1 hora), salvo incompatibilidad con la operación. La madre tiene prioridad.
6. Qué hacer si tu empleador no cumple
Si después del 26 de abril de 2026 tu empleador no reduce la jornada a 42 horas, tienes derecho a reclamar.
Comunica por escrito a tu empleador que la jornada debe reducirse a 42 horas (guarda copia del mensaje)
Si no responde o se niega, presenta una denuncia en la Inspección del Trabajo más cercana o en www.dt.gob.cl
La DT fiscalizará y podrá aplicar multas. Si necesitas asesoría, consulta con un abogado laboral
Multas por incumplimiento (Art. 506 Código del Trabajo)
Datos reales de la primera fase (abril-mayo 2024)
510
510 denuncias recibidas por la DT
51
51 sanciones aplicadas
$176M
$176 millones CLP en multas
7. Preguntas frecuentes
¿Desde qué fecha exacta rige la jornada de 42 horas?
Desde el 26 de abril de 2026. La reducción es automática y no requiere modificación del contrato de trabajo.
¿Me pueden bajar el sueldo por trabajar menos horas?
No. La ley establece expresamente que la reducción de jornada no puede implicar una disminución de remuneraciones. Tu sueldo mensual se mantiene igual.
¿Qué pasa si mi empleador no reduce la jornada?
Puedes presentar una denuncia en la Dirección del Trabajo (www.dt.gob.cl). Las multas van desde 1 UTM hasta 60 UTM según el tamaño de la empresa. En la primera fase se aplicaron $176 millones en multas.
¿Puedo canjear horas extra por días de vacaciones?
Sí, es una innovación de la Ley 21.561. Mediante acuerdo escrito con tu empleador, puedes canjear horas extra por hasta 5 días hábiles de descanso adicional al año. Si no usas el descanso en 6 meses, se te paga con recargo.
¿La jornada 4x3 ya está disponible?
La jornada de 4 días de trabajo y 3 de descanso estará disponible plenamente desde abril 2028 cuando rijan las 40 horas. Sin embargo, empresas que voluntariamente adelanten la reducción a 40 horas pueden implementarla desde ya y obtener el Sello 40H.