Art. 183 T del Código del Trabajo

Título VII Del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios transitorios

Texto legal vigente

Versión: 2006-10-16
Artículo 183-T.- En caso de que el trabajador continúe prestando servicios después de expirado el plazo de su contrato de trabajo, éste se transformará en uno de plazo indefinido, pasando la usuaria a ser su empleador y contándose la antigüedad del trabajador, para todos los efectos legales, desde la fecha del inicio de la prestación de servicios a la usuaria.
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