Art. 80 del Código del Trabajo
Título II DE LOS CONTRATOS ESPECIALES
Texto legal vigente
Versión: 2003-01-16Art. 80. El contrato de trabajo de aprendizaje deberá L. 18.620 contener a lo menos las estipulaciones establecidas en el ART. PRIMERO artículo 10 y la indicación expresa del plan a desarrollar Art. 79 por el aprendiz.
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