Art. 90 del Código del Trabajo
Título II DE LOS CONTRATOS ESPECIALESPárrafo 1º L. 19.250 Normas Generales Art. 1º Nº 29
Texto legal vigente
Versión: 2003-01-16Art. 90. Las labores agrícolas de riego y aquellas que L. 18.620 se realizan en épocas de siembra o cosecha, se entenderán ART. PRIMERO incluidas dentro del número 2 del artículo 38. Art. 89
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